Articulo 3


QUE ES EL IVA

Es un gravamen de naturaleza indirecto, en Colombia se da bajo la modalidad de valor Agregado y se aplica en las diferentes etapas del ciclo productivo, recae sobre los bienes corporales muebles, servicios y sobre la explotación de juegos de suerte y azar.

CARACTERISTICAS

Nacional: su ámbito de aplicación lo constituye el territorio nacional y el titular de acreencia tributaria  es la nación.

Indirecto: hay un intermediario denominado responsable

Naturaleza real: recae sobre bienes corporales, muebles, servicios y explotación de juegos de suerte y azar

Régimen de gravamen general: es la causación del impuesto y la excepción la constituyen las exclusiones expresamente contempladas en la ley ya que se clasifican en gravados, excluidos y exentos.

Causación instantánea: el hecho generador del impuesto tiene ocurrencia en un instante o momento preciso

Impuesto: por consistir en una obligación pecuniaria que debe sufragar el sujeto pasivo sin ninguna contraprestación directa.

A QUIENES SE APLICAN

Son las personas que realizan entregas de bienes y prestaciones de servicios. Actúan como intermediarios entre la DIAN y las personas que realizan intercambios comerciales con ellos, ya que la diferencia entre el IVA que cobran cuando venden y el que pagan cuando compran va a parar a la DIAN.


EJEMPLO

Cuando una persona realiza una compra de un producto o servicio que este gravado, si el vendedor está obligado a facturar IVA tiene la responsabilidad de facturar el valor más un porcentaje adicional que será el que le corresponde al IVA según lo establecido por la ley, luego el vendedor  declara este valor bimensual en la DIAN.
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www.dian.gov
 

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